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lunes, 5 de mayo de 2025

CARLOMAGNO

Comentario de texto: Carlomagno 
De todas las guerras que sostuvo, la primera fue la de Aquitania, que su padre había empezado pero que no había terminado. La emprendió porque le parecía que podía llevarse a cabo rápidamente mientras toda­vía vivía su hermano al que incluso había pedido ayu­da. Aunque éste no le proporcionó la ayuda que le había prometido, Carlos persistió activamente en la campaña que sostenía y no quiso desistir en su em­presa ni malograr definitivamente todo el esfuerzo antes de llevar a buen fin lo que se había propuesto conseguir con su inquebrantable perseverancia.
Fragmento del mapa de la formación y reparto del Imperio carolingio (Duby, 1997: 40)
Hu­noldo, que tras la muerte de Waifredo había intenta­do invadir Aquitania y reavivar la guerra ya casi extin­guida, fue obligado a dejar Aquitania y a dirigirse a Gasconia. Pero como Carlos no soportaba que éste se estableciera allí, atravesó el Garona y envió emisa­rios ordenando al duque de los vascones, Lupo, que le devolviera el tránsfuga; que, si no lo hacía rápida­mente, le declararía la guerra. Pero Lupo, haciendo uso de buen juicio, no sólo le devolvió a Hunoldo, sino que incluso se puso bajo su potestad tanto él como la provincia que gobernaba.

Eginhardo: Vida de Carlomagno (ed. A. de Riquer). Barcelona: PPU, 1986, p. 57. 

Carlomagno. letteraturaecinema.blogspot.com

1) Clasificación del documento
(es el primer paso en el análisis y comentario del texto), en el que podemos determinar los siguientes datos:
Título, Autor, Fecha (circunstancias espaciotemporales del texto).
Es un fragmento de la Vida de CarlomagnoEscrita por el monje Eginhardo contemporáneo y cronista de Carlomagno entre los años 830 y 840. Eginhardo había estudiado en la escuela palatina de Alcuino de York, y es la fuente principal para conocer el reinado de Carlomagno. Escribió la Vita Karoli imperatoris, de la que se conservan 80 manuscritos. Se conservan también unas 60 cartas que contienen muchas noticias sobre personajes de la época (Donado y Echevarría, 2014: 184).
Tipo de documento (destino público o privado) y tipo de fuente (es primaria o secundaria).
Se trata de un texto de destino público y de una fuente primaria.
Temática general (o naturaleza del texto); jurídico (si trata de leyes y decretos, constituciones, tratados…); histórico-literario (tiene carácter subjetivo, memorias, autobiografías, cartas, artículos de prensa, incluso la novela histórica…); narrativo (discursos, proclamas…); texto historiográfico (obra de un historiador o autor posterior a los hechos, son obras de historia con finalidad investigadora y científica…). 
Es un texto histórico-literario, por su carácter subjetivo.

Carlomagno somete a los Sajones. httpwww.arteguias.com
2) Esquema del texto (o análisis del texto), en el resumimos el texto explicando cada una de sus partes, precisando la jerarquía de las ideas, señalando cuál es la principal y cuáles las secundarias, al principio incluso podemos definir los términos importantes del texto.
En el texto podemos diferenciar tres partes:
En la primera parte habla de la guerra, la guerra con razón de ser del incipiente estado Carolingio. Alude por tres veces a su hermano. Es importante entender el enfrentamiento entre hermanos, desde el año 768 en que muere Pipino el Breve y el 771 en que muere Carlomán. Idea secundaria.
En la segunda parte, Carlos derrota y persigue en territorio hostil al insurrecto Hunoldo; no perdona a los traidores. Idea secundaria.
En el final del texto, muestra a un gran Carlos, que atraviesa el territorio hostil y que es temido por sus enemigos. Acaba recibiendo de Lupo el duque de los vascones, juramento de fidelidad. Esta idea puede ser la principal y es la que subyace en todo el texto; la grandeza de Carlomagno

Charlemagne (812-814). Wiquipedia
3) Comentario propiamente dicho (clasificado y analizado, comienza el comentario).
a) Contexto histórico.
Pipino “el Breve” (751-768) continuó la política de consolidación del dominio franco en las fronteras de Germania y en la Galia meridional. Pero su mayor éxito fue lograr la sumisión de Aquitania, estableciendo condes francos en el ducado y regulando mediante una capitular la pacificación de aquitana.
Cuando muere (768) divide el reino entre sus hijos: Carloman recibió Alemania, la Alsacia, Borgoña, Aquitania interior, Septimania y Provenza; y Carlos, la Aquitania marítima, Neustria y Austrasia, y las zonas de fronteras más prometedoras.
La muerte de Carloman (771) evita una guerra entre los dos hermanos y deja el poder en manos de Carlomagno.
Carlos inicia su reinado con una intensa actividad guerrera, fundamento esencial del poder. La guerra permite abastecer la cámara real y asegurar la colaboración de los aristócratas mediante la obtención del botín y los tributos de los vencidos.  La actividad militar de Carlomagno no es producto de un plan establecido, sino que se actúa en función de las circunstancias (Ladero y López, 2012: 111-112).
b) Comentario de las ideas principales, identificando a los protagonistas del texto. Comentario de las ideas secundarias.
Tras el reparto de Pipino el Breve, comenzaron las desavenencias hasta que muere Carlomán. Carlos se apropió del reino y la viuda se exilia en la corte lombarda. El autor refleja desavenencias y culpa a Carlomán. Carlos debe afrontar el combate sin ayuda, le quita responsabilidades en el conflicto y hace más grande la hazaña.
Hunoldo se refugia en el territorio vascón, pero Carlos no puede permitir que huya sin recibir su castigo, no importándole internarse en territorio hostil. Es tan grande Carlos, que no pide, sino que ordena y tal es el temor que inspira, que el Duque Lupo ante su amenaza de guerra, no duda en darle lo que pide y además le entrega el ducado de Vasconia.
c) Acontecimientos relacionados.
Carlomagno para asegurarse el poder entorno a su dinastía, hizo entrar a los condes, obispos y abades en el vasallaje mediante un contrato; de tal forma, que a la fidelidad natural debida al soberano se uniese una fidelidad personal más estrecha, mediante la cesión de un beneficio, en principio revocable, pero que con el tiempo se convirtió en hereditario. El vasallaje comenzaría en los momentos de debilidad de la dinastía a destruir la estructura del estado, en beneficio del sistema feudal (Ladero y López, 2012: 119).

4) Conclusión, detallando la importancia del texto y su grado de fiabilidad teniendo en cuenta todos los puntos anteriores.
El cronista Eginhardo, con esta obra pretende dejar constancia de la vida de Carlomagno con un único fin, agradecer los favores del emperador y loar sus hazañas. El autor no es imparcial, no se limita a narrar los acontecimientos.
El texto de Eginhardo es importante, pues narra los episodios de la vida de Carlomagno sobre la que posee una información privilegiada, pero su empeño en ensalzar al protagonista le quita objetividad, cualidad imprescindible en todo texto histórico, por lo que la fiabilidad del texto queda en entredicho. 

Comentario de texto: Carlomagno

   Este es un fragmento de la Vida de Carlomagno. Que fue Escrito por el monje Eginhardo contemporáneo y cronista de Carlomagno entre los años 830 y 840. Había estudiado en la escuela palatina de Alcuino y es la fuente principal para conocer el reinado de Carlomagno. (Donado y Echevarría, 2014: 184). Se trata de un texto de destino público y de una fuente primaria y es un texto histórico-literario, por su carácter subjetivo.
En el texto podemos diferenciar tres partes, en la primera habla de la guerra, la guerra como razón de ser del incipiente estado Carolingio y alude por tres veces a su hermano, alusión importante para entender el enfrentamiento entre ellos desde el año 768 en que muere Pipino el Breve y el 771 en que muere Carlomán (Idea secundaria). En la segunda parte, Carlos derrota y persigue en territorio hostil al insurrecto Hunoldo; no perdona a los traidores. (Idea secundaria). El final del texto, muestra a un gran Carlos, que atraviesa el territorio hostil y que, temido por sus enemigos, acaba recibiendo de Lupo el duque de los vascones, juramento de fidelidad. Esta idea puede ser la principal y es la que subyace en el texto; la grandeza de Carlomagno.
Pipino “el Breve” (751-768) continuó la política de consolidación del dominio franco en las fronteras de Germania y en la Galia meridional. Pero su mayor éxito fue lograr la sumisión de Aquitania, estableciendo condes francos en el ducado y regulando mediante una capitular la pacificación de aquitana.
Cuando muere (768) divide el reino entre sus hijos. Carloman recibió Alemania, la Alsacia, Borgoña, Aquitania interior, Septimania y Provenza; y Carlos, la Aquitania marítima, Neustria y Austrasia, y las zonas de fronteras más prometedoras. La muerte de Carloman (771) evita una guerra entre los dos hermanos y deja el poder en manos de Carlomagno.
Carlos inicia su reinado con una intensa actividad guerrera, fundamento esencial del poder. La guerra permite abastecer la cámara real y asegurar la colaboración de los aristócratas mediante la obtención del botín y los tributos de los vencidos.  La actividad militar de Carlomagno no es producto de un plan establecido, sino que se actúa en función de las circunstancias (Ladero y López, 2012: 111-112).
Tras el reparto de Pipino el Breve, comenzaron las desavenencias hasta que muere Carlomán. Carlos se apropió del reino y la viuda se exilia en la corte lombarda. El autor refleja desavenencias y culpa a Carlomán. Carlos debe afrontar el combate sin ayuda, le quita responsabilidades en el conflicto y hace más grande la hazaña.
Hunoldo se refugia en el territorio vascón, pero Carlos no puede permitir que huya sin recibir su castigo, no importándole internarse en territorio hostil. Es tan grande Carlos, que no pide, sino que ordena y tal es el temor que inspira, que el Duque Lupo ante su amenaza de guerra, no duda en darle lo que pide y además le entrega el ducado de Vasconia.
Carlomagno para asegurarse el poder entorno a su dinastía, hizo entrar a los condes, obispos y abades en el vasallaje mediante un contrato; de tal forma, que a la fidelidad natural debida al soberano se uniese una fidelidad personal más estrecha, mediante la cesión de un beneficio; en principio revocable, pero que con el tiempo se convirtió en hereditario. El vasallaje comenzaría en los momentos de debilidad de la dinastía a destruir la estructura del estado, en beneficio del sistema feudal (Ladero y López, 2012: 119).
Eginhardo, con esta obra pretende dejar constancia de la vida de Carlomagno con el fin de agradecer los favores del emperador y loar sus hazañas. El autor no es imparcial. El texto de Eginhardo es importante, narra la vida de Carlomagno sobre la que posee una información privilegiada, pero no es objetivo, cualidad imprescindible en todo texto histórico.

Bibliografía
DONADO VARA, J. y ECHEVARRÍA ARSUAGA, A.: La Edad Media I (siglos V-XII). Madrid: Editorial Universitaria Ramón Areces, 2014 (184).
DUBY, G.: Atlas histórico. Madrid: Debate, 1997, (1ª ed. 1989) (40).
ECHEVARRÍA, A. Y RODRÍGUEZ, J.M.: Atlas histórico de la Edad Media. Madrid: Editorial Universitaria Ramón Areces, (2ª ed. 2013).
LADERO QUESADA, M. F. y LÓPEZ PITA, P.: Introducción a la historia del Occidente Medieval. Madrid. Ed. Ramón Areces, (2ª ed. 2010) (111-119).
LADERO QUESADA, M. A.: Historia Universal. Edad Media. Barcelona: Vicens Vives, 1987.

FIN

viernes, 28 de marzo de 2025

DEBERES Y DERECHOS DE UN VASALLO EN EL SIGLO XI

Roldán jura fidelidad a Carlomagno. Manuscrito de un cantar de gesta, c. siglo XIV. (Wikipedia)

El obispo de Chartres escribe (1020) a Guillermo duque de Aquitania, indicándole cuales son las obligaciones de los vasallos (Donado y Echevarría, 2014: 347)
…Quien jura fidelidad a su señor, debe recordar estas seis palabras: incólume, seguro, honesto, útil, fácil, posible.
Incólume, es decir que (el vasallo) no cause daño (a su señor) en lo que se refiere a su cuerpo.
Seguro, es decir que (el vasallo) no cause daño (a su señor) en las cosas secretas o en las fortalezas en las que puede sentirse seguro.
Honesto, es decir (el vasallo) no cause daño (a su señor) en lo tocante a la justicia o en lo que se refiera a su honestidad.
Útil, es decir que (el vasallo) no cause daño (a su señor) en lo referente a sus posesiones.
Fácil o posible, es decir que (el vasallo) no haga difícil lo que el señor podía haber hecho con facilidad, y que no haga imposible lo que podía haber sido posible.
En efecto, es cosa justa que el vasallo se abstenga de estos actos nocivos (hacia su señor); más no por esto merece que se le conceda un beneficio; pues, no basta abstenerse de cometer un mal, si no se realiza un bien.
Por otra parte, debe prestar fielmente su consejo y ayuda a su señor en los seis casos indicados, si quiere ser digno de obtener un beneficio y ser fiel a su juramento; también su señor debe hacer otro tanto en todos los casos, ya que, si no lo hace, en justicia, será considerado desleal, como aquel (el vasallo) si se sorprende contraviniendo estas reglas (será considerado), pérfido y perjuro.

Mario Sanfilippo. Il sistema feudale. Società Editrice Internazionale. Turín, 1983. p. 89. 

Clasificación del documento
Título: Deberes y derechos de un vasallo en el siglo XI
Autor: Fulberto de Chartres, fue alumno de Gerberto de Aurillac (gran intelectual del año mil, llegó a ser papa, Silvestre II). Fulberto es maestrescuela en la escuela episcopal de Chartres, llego a obispo en 1006, gracias al apoyo del Rey Roberto. Fue un erudito del que se conserva abundante correspondencia. Gran señor feudal el mismo y ligado a la vida política, fue especialista en las relaciones feudales y defensor de una determinada concepción de la paz y el orden feudal (Kaplan, 2004)
Mario Sanfilippo (Roma, 1930 - 2016). Licenciado en Historia Medieval y Moderna en la Universidad de Roma (1954). Otros estudios en Nápoles y Florencia. Profesor de Historia Universidad de Trieste. Colaboró ​​en diferentes periódicos y revistas. Publicó números ensayos y monografías, sobre el medievo y el feudalismo, entre otros temas.
Fecha: principios siglo XI
Tipo de documento: el texto comentado es de destino privado y fuente primaria. El trabajo compilador de Mario Sanfilippo, sería una fuente secundaria.
Temática general o naturaleza del texto: Histórico-literario

Esquema del texto o análisis del texto
La carta escrita por Fulberto como defensor de la paz y orden feudal, al duque de Aquitania Guillermo, posiblemente por encargo del Rey o de motu propio, por su buena relación con el Duque, plantea los derechos y deberes del vasallo con su señor. Idea secundaria.
Muestra a Guillermo duque de Aquitania (un territorio conflictivo) los compromisos que ha adquirido al jurar fidelidad y le advierte que con cumplir lo pactado no es suficiente, sino que además tiene que hacer el bien. Idea secundaria.
Para terminar, insiste en que además de en los seis puntos citados, el vasallo preste a su señor consejo y ayuda, si quiere ser digno del feudo y fiel a lo jurado. Y que el señor también debe de comportarse de igual modo en estas cosas con su vasallo. Si no, se tendrá por persona no cumplidora de sus promesas y el vasallo si no las cumple por traidor y desleal. El autor pone de manifiesto el carácter sinalagmático del contrato vasallático (ambas partes tienen obligaciones que cumplir).  Esta puede ser la idea principal. (Kaplan, 2004).
Fulbert en su catedral (Chartres, Bibliothèque municipale, Ms. 4, fol 94) (Wikipedia)
Comentario propiamente dicho
Contexto histórico
Desde finales del siglo X, el mayor problema de Hugo Capeto y sus sucesores Roberto (996-1031) y Enrique I (1031-1060), fue la consolidación de la dinastía y la búsqueda de un lugar político que les valiera, al menos, el respeto de los grandes señores del reino, porque los enfrentamientos con ellos fracasaban por el poderío de aquellos grandes príncipes que era a veces superior al del rey (Ladero, 2001). (Ver mapas de Francia siglo X-XIII)
En el siglo XI los feudos escapan progresivamente al control de los señores, para ir entrando en el patrimonio de los vasallos. Se van imponiendo los feudos hereditarios mediante el pago del relevium; renta anual de un feudo que debe pagar el heredero y nuevo vasallo. Este aumento de poder de los vasallos, muchas veces superior al de sus señores fue una fuente inevitable de conflictos (Kaplan, 2004).
También en este tiempo hay una alteración de la relación feudo-vasallática, pues cada vez más el beneficio o feudo, elemento real, tendrá más importancia y primacía sobre el elemento personal, el vasallaje. Asistimos en el siglo XI a una inversión de los términos, pesando más los aspectos económicos que los personales (Donado, 2014).
Comentario de las ideas principales y secundarias
En este momento de cambio de las relaciones feudo-vasalláticas, Fulberto como defensor de la paz y del orden feudal, escribe al duque de Aquitania Guillermo, recordándole los derechos y deberes del vasallo con su señor.
Fulberto, refuerza la responsabilidad adquirida con su señor, con el compromiso de que no es suficiente no hacer el mal, además tiene que hacer el bien como corresponde a todo noble que se precie.
Para terminar, el autor pone de manifiesto el carácter sinalagmático del contrato vasallático, ambas partes tienen obligaciones que cumplir. 
Los normandos en Sicilia (Wikipedia)
Acontecimientos relacionados
En este tiempo de debilidad de la monarquía franca y de cambios en el régimen feudal, los normandos desembarcan en Inglaterra y el 1 de octubre de 1066, Guillermo de Normandía derrota al rey de Inglaterra en Hastings y consigue el trono inglés.
Guillermo emprendió una serie de reformas en las estructuras políticas y sociales de Inglaterra, imponiendo un fuerte control en todo el territorio. Construyo castillos como centros administrativos y de poder, creando sobre esta estructura una administración más eficiente que el resto de monarquías de la época, convirtiéndose Inglaterra en la primera monarquía feudal propiamente dicha, con el rey en lo más alto de la pirámide feudal y bajo él, prestándole acatamiento, el resto de la nobleza. 
Escudo de Guillermo I el Conquistador (1066-1087) (Wikipedia)
Conclusión
La importancia del texto va en función del autor y del periodo histórico, en este caso Fulberto fue un erudito del que se conserva abundante correspondencia, como gran señor feudal estaba ligado a la vida política y fue un especialista en las relaciones feudales.
Su grado de fiabilidad es incuestionable teniendo en cuenta que es una carta personal y que por lo tanto no está sujeta a matices que quieran influir en lectores ajenos. 

Si quitamos lo epígrafes, simplificamos datos y damos cohesión al texto, el comentario puede quedar así:
“Deberes y derechos de un vasallo en el siglo XI”
Su autor Fulberto de Chartres, fue alumno de Gerberto de Aurillac (gran intelectual del año mil, que llego a ser papa como Silvestre II). Fulberto fue maestrescuela en la escuela episcopal de Chartres, llego a obispo en 1006 gracias al apoyo del Rey Roberto. Fue un erudito del que se conserva abundante correspondencia. Gran señor feudal y ligado a la vida política, fue especialista en las relaciones feudales y defensor de la paz y el orden feudal (Kaplan, 2004)
Fue escrito en el año 1020, es un documento con destino privado y una fuente primaria. Mientras que el trabajo compilador de Mario Sanfilippo es una fuente secundaria. Por su temática es Histórico-literario.
La carta escrita por Fulberto como defensor de la paz y del orden feudal al duque de Aquitania Guillermo, plantea los derechos y deberes del vasallo con su señor. Muestra a Guillermo duque de Aquitania los compromisos que ha adquirido al jurar fidelidad y le advierte que con cumplir lo pactado no es suficiente, además tiene que hacer el bien. 
Para terminar, insiste en que además de en los seis puntos citados, el vasallo preste a su señor consejo y ayuda, si quiere ser digno del feudo y fiel a lo jurado. Y que el señor también debe de comportarse de igual modo en estas cosas con su vasallo. Si no, se tendrá por persona no cumplidora de sus promesas y el vasallo si no las cumple por traidor y desleal. El autor pone de manifiesto el carácter sinalagmático del contrato vasallático (ambas partes tienen obligaciones que cumplir) (Kaplan, 2004). Este último párrafo puede ser la idea principal y el anterior las ideas secundarias.
Comenzamos el contexto histórico a finales del siglo X, cuando el mayor problema de Hugo Capeto y sus sucesores Roberto y Enrique I era la consolidación de la dinastía y la búsqueda de un lugar político que les valiera, al menos, el respeto de los grandes señores del reino, porque los enfrentamientos con ellos fracasaban por el poderío de aquellos grandes príncipes, a veces superior al del rey (Ladero, 2001). 
En el siglo XI los feudos escapan progresivamente al control de los señores para ir entrando en el patrimonio de los vasallos. Se van imponiendo los feudos hereditarios mediante el pago una renta. Este aumento de poder de los vasallos, muchas veces superior al de sus señores fue una fuente inevitable de conflictos (Kaplan, 2004). 
También en este tiempo hay una alteración de la relación feudo-vasallática, pues cada vez más el beneficio o feudo, tendrá más importancia y primacía sobre el vasallaje. Asistimos en el siglo XI a una inversión de los términos, pesando más los aspectos económicos que los personales (Donado, 2014). 
En este momento de cambio de las relaciones feudo-vasalláticas, Fulberto, como defensor de la paz y del orden feudal, escribe al duque de Aquitania Guillermo, recordándole los derechos y deberes del vasallo con su señor. Fulberto insiste en que no es suficiente con no hacer el mal, además tiene que hacer el bien como corresponde a todo noble que se precie. Para terminar, el autor pone de manifiesto que en el contrato vasallático ambas partes tienen obligaciones que cumplir. 
En este tiempo de debilidad de la monarquía franca y de cambios en el régimen feudal, los normandos desembarcan en Inglaterra y el 1 de octubre de 1066, Guillermo de Normandía derrota al rey de Inglaterra en Hastings y consigue el trono inglés. 
Guillermo emprendió en Inglaterra una serie de reformas en las estructuras políticas y sociales, imponiendo un fuerte control en todo el territorio mediante la construcción de castillos como centros administrativos y de poder. Creando sobre esta estructura una administración más eficiente que el resto de monarquías de la época, convirtiéndose Inglaterra en la primera monarquía feudal propiamente dicha, con el rey en lo más alto de la pirámide feudal y bajo él, prestándole acatamiento, el resto de la nobleza.
La importancia del texto va en función del autor y del periodo histórico, en este caso Fulberto fue un erudito del que se conserva abundante correspondencia. Como gran señor feudal estaba ligado a la vida política y fue un especialista en las relaciones feudales. Su grado de fiabilidad es incuestionable teniendo en cuenta que es una carta personal y que por lo tanto el texto no está sujeto a matices que quieran influir en lectores ajenos.

Bibliografía
DONADO VARA, Julián y ECHEVARRÍA ARSUAGA, Ana: La Edad Media I (siglos V-XII). Madrid: Editorial Universitaria Ramón Areces, 2014. (317-328). 
DUBY, G.: Atlas histórico. Madrid: Debate, 2001. (121 y 123)
ECHEVARRÍA, A. Y RODRIGUEZ, J.M.: Atlas histórico de la Edad Media. Madrid: Editorial Universitaria Ramón Areces, 2013. (108-112). 
KAPLAN, Michel (dir.): Edad Media, siglos IV-X. Granada: Universidad de Granada, 2004. (88-94) (104-105)
LADERO QUESADA, Miguel A: Historia Universal Edad Media. Volumen II. Barcelona: Vicens Vives, 2001. (357-360) (367)

lunes, 20 de enero de 2025

EL SISTEMA DE HOSPITALIDAD EN LA LEY BURGUNDIA: UN COMENTARIO DE TEXTO, PASO A PASO

L. R. De Salis, MGH, Leges nationum germanicarum, 2, Hannover, 1892. 
El sistema de hospitalidad en la Ley Burgundia
A propósito de aquellos (hospes) que, pese a la prohibición pública, se han apoderado del tercio de los esclavos y de dos tercios de las tierras.
1. Aunque en la misma época en la que nuestro pueblo recibió un tercio de los esclavos y dos tercios de las tierras, dimos la orden de que cualquiera que hubiese recibido, bien de nuestros antepasados, bien por nuestra generosidad, un campo y esclavos, no intentase ya conseguir ni un tercio de los esclavos ni dos tercios de las tierras del lugar donde le hubiese sido asignada la hospitalidad; sin embargo, como hemos observado que algunos, olvidando el peligro que asumían, han salido de la legalidad, es necesario que nuestra presente autoridad, como ejemplo de la ley dictada para siempre, constriña a los acaparadores y prescriba a las víctimas el remedio de la seguridad que se les debe. Por eso, ordenamos que aquellos que disfrutan, gracias a nuestra generosidad, de campos y de esclavos y son conocidos por haber arrebatado las tierras de sus anfitriones a pesar de la prohibición pública, se las restituyan de inmediato.
2. En cuanto a las tierras desbrozadas y a la nueva e injusta reclamación de los faramanni y a la acusación de los possessores, ordenamos se les evite cualquier inquietud y agitación por esta ley. Para las tierras desbrozadas en el pasado o en nuestra época, que haya con los burgundios el mismo principio que con la madera. Puesto que, como fue decidido hace mucho tiempo, ordenamos que la mitad de la madera (bosques) pertenecía, en general a los romanos, el mismo principio debe ser observado en lo que concierne a los faramanni para la curtis y el pastoreo; es decir, que los romanos escojan primero su mitad.
Leges burgundiorum, ed. L. R. De Salis, MGH, Leges nationum germanicarum, 2, Hannover, 1892, p. 88-90.


Leges burgundiorum

INFORMACIÓN RECABADA SOBRE EL TEXTO
“Las formas de asentamiento y las relaciones romano-germánicas” (Manual. Página 50)
El sistema de hospitalitas
El Imperio romano lo practicaba desde hace mucho tiempo, por el cual proporcionaba alojamiento en la casa de un romano, y manutención a cargo de la anonna (avituallamiento) militar, a los diversos contingentes bárbaros enrolados en sus ejércitos en calidad de auxiliares (foederati).
El problema se agravó cuando fueron no solo unos cuantos cientos de soldados los que había que atender, sino pueblos enteros, con sus jefes a la cabeza, compuestos de miles de hombres, mujeres, niños, esclavos, ganados, etc., los que entraban en los territorios del Imperio en virtud de los tratados de alianza (foedus) pactados con ellos a cambio del servicio de armas.
Los almacenes militares no estaban en condiciones de satisfacer esta demanda y, por otra parte, hubiera sido bastante difícil recolectar víveres para abastecer a varias decenas de miles de personas.
Surgió así la idea de instalar a estos foederati en tierras[1] y nada mejor que los grandes latifundios para solucionar el problema.
Se acordó el reparto de tierras, casas, siervos, animales, útiles de labranza, etc., en proporción variable según las zonas y el tipo de explotación.
Este sistema de hospitalitas se aplicó a los burgundios[2] (tierras entre Lyón y Ginebra –Actual Saboya-), visigodos y ostrogodos.
La Lex Burgundiorum, es la mas explicita. Por ella sabemos que el huésped (hospes) bárbaro se quedaba con 2/3 de la llamada terra indominicata (tierras cultivadas por los colonos del latifundio a cambio de una renta) y 1/3 de la terra dominicata (la tierra mejor del latifundio que controlaba directamente el propietario y que se encontraba más cerca de su residencia). El resto del latifundio compuesto de bosques, pastos, zonas incultas, etc., se aprovechaba al 50% entre las dos partes.
A medida que el poder de los bárbaros aumenta, también lo hacen los litigios entre ellos y los romanos, por lo que se acudió al principio a la personalidad de las leyes frente a la territorialidad de las mismas del derecho romano.
Pronto se ponen por escrito las leyes de los distintos pueblos bárbaros redactadas en latín (para que fueran comprendidas por todos). Cada pueblo tuvo sus propias leyes: los visigodos, el Código de Eurico; los francos, la Ley Sálica, etc. La ley del comentario, es “la ley de los burgundios” o “Ley Gambeta” (Gondebaldo 500-516).    

Consulta de términos en glosarios, diccionarios, etc.
Hospes: Huéspedes.
Hospitalidad: Hospitalitas, es el pacto que el Imperio Romano realizó con los pueblos bárbaros (siendo el primero el de los visigodos a finales s. IV) que disfrutaban del estatuto de federados (Foedus/Foederati) y por lo tanto prestaban ayuda militar al Imperio. En el pacto de hospitalidad, los bárbaros se establecían en tierras y compartían los bienes de los que les acogían en proporción variable según los pueblos invasores, pero generalmente quedándose con dos de los tres tercios en que se efectuaba la división.
Faramanni: Descendientes de los burgundios que ocuparon la tierra, viene del nombre de fara, grupo familiar, hombres de estirpe singular. 
Possessores: Los dueños de la tierra romanos.
Curtis: Nombre que recibía el gran dominio.

Puntos de interés del documento para comprenderlo:
Establece las condiciones de asentamiento de los burgundios y organiza la coexistencia con los romanos.
Establece un procedimiento de arbitraje en casos de conflicto, para procurar la estabilidad.
La ley es personalista y dual, dirigida a romanos y burgundios. No es territorial como las leyes romanas. Se conoce como la más romana de las leyes bárbaras.
La hospitalidad, no es tal, el reparto es desigual como producto de la victoria bárbara.
Mientras que el reparto de la madera y de tierras desbrozadas es un intento de suavizar los enfrentamientos, vía cesión.

1) Clasificación del documento
Titulo: El sistema de hospitalidad en la Ley Burgundia.
Autor: Ludovicus Rudolfus de Salis (libro que compila las Leges Burgundionum). Publicado en 1892, es una fuente secundaria.
El documento que hemos leido, se escribe en tiempos de Gondebaldo, rey de los burgundios (480-516) y toma en el Año 501, el nombre de Ley “gombeta”. Es un documento jurídico. El fragmento a comentar es un documento público y una fuente primaria.

2) Esquema del texto (o análisis del texto)
En el texto podemos diferenciar varias ideas:
Las dos primeras líneas son las que motivan la redacción del texto, va dirigido a los hospes que no respetan lo prohibido. Idea principal.
El primer párrafo, va dirigido y amenaza, a los que ya han recibido lo que les corresponde con anterioridad y que al serles asignada la hospitalidad han acaparado mas posesiones, se les ordena la restitución inmediataIdea secundaria.
El segundo párrafo, conciliador, intentar tranquilizar a los romanos y declara injusta la reclamación de los faramanni, aplicando un reparto a partes iguales. Idea secundaria. 

3) Comentario propiamente dicho
a) Contexto histórico
El Imperio romano practicaba la hospitalidad que proporcionaba alojamiento en la casa de un romano y manutención a cargo de la anonna militar (avituallamiento), a los bárbaros enrolados en sus ejércitos en calidad de auxiliares (foederati). El problema se agravó cuando fueron invadidos por pueblos enteros, entonces surgió la idea de instalar a estos foederati en los grandes latifundios.
Intentan dispersar a los bárbaros, apartarlos de las zonas ricas y urbanizadas, y de enfrentarles unos a otros. Negocian las condiciones de instalación en el territorio del Imperio; recibidos como huéspedes (hospes), los invasores se asientan mediante tratados (foedus), de ahí el nombre de federados (foederati).
Los burgundios franquean el Rhin en el 406, y se establecieron en el 413 como federados en la orilla izquierda del río a la altura de Worms. En el año 437 los hunos les infligieron una grave derrota, en el curso de la cual encontró la muerte su rey Gunther. En el 443 Aecio transfirió a los supervivientes a Spaudia (tierras entre Lyón y Ginebra actual Saboya), con el fin de contener la potencia de los alamanes.  
Por la Ley Burgundia sabemos que el huésped (hospes) bárbaro se quedaba con 2/3 de la llamada terra indominicata (tierras cultivadas por los colonos del latifundio a cambio de una renta) y 1/3 de la terra dominicata (la tierra mejor del latifundio que controlaba directamente el propietario, estaba cerca de su residencia). El resto del latifundio compuesto de bosques, pastos, zonas incultas, etc., se aprovechaba al 50% entre las dos partes.
A medida que el poder de los bárbaros aumenta, también lo hacen los litigios entre ellos y los romanos, por lo que se acudió al principio a la personalidad de las leyes frente a la territorialidad de las mismas del derecho romano.
b) Comentarios de las ideas principales y secundarias
La ley Burgundia se aplica a los hospes por no respetar las condiciones del reparto de tierras. A los hospes que ya han recibido lo que les corresponde con anterioridad y que al serles asignada la hospitalidad han acaparado mas posesiones, se les ordena la restitución inmediata.
Mientras que se adopta un tono conciliador con los possessores, declarando injusta la reclamación de los faramanni, aplicando un reparto a partes iguales en función de las condiciones de instalación en el territorio.
c) Acontecimientos relacionados.
A la vez prácticamente que la Ley Burgundia se ponen por escrito las leyes de distintos pueblos bárbaros redactadas en latín (para que fueran comprendidas por todos). Los visigodos, el Código de Eurico; los francos, la Ley Sálica…

4) Conclusión.
El texto es de gran importancia y fiabilidad, por que ha llegado escrito en latín íntegro hasta nosotros, es un documento de los pocos que se han recuperado de una época en la que escasean las fuentes escritas.
De todas las leyes bárbaras esta es la más explícita, la que mejor explica las relaciones entre bárbaros y romanos.

"Descartados los enunciados y los datos excesivos, el comentario podría quedar así; aunque siempre hay que tener en cuenta que no existe un modelo de comentario inmutable y este es mejorable, simplemente intenta ser un ejemplo".
“El sistema de hospitalidad en la Ley Burgundia”
(Redacción final del comentario)
            El Autor del libro que compila la Ley Burgundia fue L. R. de Salis y fue publicado en 1892. El documento que comentamos, se escribe en tiempos de Gondebaldo, rey de los burgundios (480-516), es un documento público y una fuente primaria, mientras que el libro seria una fuente 
       El Imperio romano practicaba la hospitalidad que proporcionaba alojamiento en la casa de un romano y manutención a cargo de la anonna militar a los bárbaros enrolados en sus ejércitos en calidad de auxiliares. El problema se agravó cuando fueron invadidos por pueblos enteros, entonces surgió la idea de instalar a estos foederati en los grandes latifundios.
            El objetivo es defenderse intentando dispersar a los bárbaros, apartarlos de las zonas ricas y urbanizadas, y enfrentarlos unos a otros. Negocian las condiciones de instalación en el territorio del Imperio; recibidos como huéspedes (hospes), los invasores se asientan mediante tratados (foedus), de ahí el nombre de federados (foederati).
            Los burgundios franquean el Rhin en el 406, y se establecieron en el 413 como federados en la orilla izquierda del río a la altura de Worms. En el año 437 los hunos les infligieron una grave derrota, en el curso de la cual encontró la muerte su rey Gunther. En el 443 Aecio transfirió a los supervivientes a Spaudia (tierras entre Lyón y Ginebra, actual Saboya), con el fin de contener la potencia de los alamanes.  
            Por la Ley Burgundia sabemos que el huésped (hospes) bárbaro se quedaba con 2/3 de la llamada terra indominicata (tierras cultivadas por los colonos del latifundio a cambio de una renta) y 1/3 de la terra dominicata (la tierra mejor del latifundio que controlaba directamente el propietario). El resto del latifundio compuesto de bosques, pastos, zonas incultas, etc., se aprovechaba al 50% entre las dos partes.
            A medida que el poder de los bárbaros aumenta, también lo hacen los litigios entre ellos y los romanos, por lo que se acudió al principio a la personalidad de las leyes consuetudinarias bárbaras frente a la territorialidad de las mismas del derecho romano. Estas circunstancias hacen necesaria una ley escrita con doble legislación, para burgundios y romanos.  
            La ley Burgundia se aplica a los hospes por no respetar las condiciones del reparto de tierras. A los hospes que ya han recibido lo que les corresponde con anterioridad, y que al serles asignada la hospitalidad han acaparado mas posesiones, se les ordena la restitución inmediata. Mientras que se adopta un tono conciliador con los possessores, declarando injusta la reclamación de los faramanni, aplicando un reparto a partes iguales en función de las condiciones de instalación en el territorio.
            En este proceso de organización de la coexistencia se ponen por escrito también las leyes de otros pueblos bárbaros, los visigodos, el Código de Eurico y los francos, la Ley Sálica… Se redactan en latín para que fueran comprendidas por todos.
            El texto es de gran importancia y fiabilidad, por que ha llegado integro hasta nosotros traducido de la fuente primaria en latín. De todas la leyes bárbaras esta es la mas explicita, la que mas información ha proporcionado sobre las relaciones entre bárbaros y romanos.

Bibliografía
DONADO VARA, Julián y ECHEVARRÍA ARSUAGA, Ana: La Edad Media I (siglos V-XII). Madrid: Editorial Universitaria Ramón Areces, 2014.
DUBY, G.: Atlas histórico. Madrid: Debate, 1997, (1ª ed. 1989).
ECHEVARRÍA, A. Y RODRIGUEZ, J.M.: Atlas histórico de la Edad Media. Madrid: Editorial Universitaria Ramón Areces, 2013.
KAPLAN, Michel (dir.): Edad Media, siglos IV-X. Granada: Universidad de Granada, 2004.
KINDER H. y HILGEMANN, W.: Atlas histórico mundial. I. De los orígenes a la Revolución francesa. Madrid: Istmo, 1996, (18ª ed.), 1983 (1ª ed.).
LÓPEZ PITA, P. y LADERO QUESADA, M. F.: Introducción a la historia del Occidente Medieval. Madrid: Fundación Ramón Areces, 2009.

Consultado el 30 de octubre 2014 en Documenta Catholica Omnia. Descarga en PDF de la "Leges Burgumdionum":




[1] Las autoridades imperiales incapaces de atender a todos los frentes (invasiones), intentan dispersar a los bárbaros, apartarlos de las zonas mas ricas y urbanizadas, y de enfrentarles unos a otros; sobre todo negocian sus condiciones de instalación en el territorio del Imperio; recibidos como huéspedes (hospes), los invasores se asientan mediante tratados (foedus), de ahí el nombre de federados (foederati) que reciben desde entonces.
Kaplan, M. (dir). Edad Media siglos IV-X. Universidad de Granada. Página 18.
[2] Tras franquear el Rhin en 406, los burgundios se establecieron en 413 como federados en la orilla izquierda del río a la altura de Worms. En el año 437 los hunos les infligieron una grave derrota, en el curso de la cual encontró la muerte su rey Gunther. En 443 Aecio transfirió a los supervivientes a Spaudia, con el fin de contener la potencia de los alamanes. El término de donde deriva Saboya, es de procedencia desconocida; en su origen, designa la región del Jura y país de Vaud.
Kaplan, M. (dir). Edad Media siglos IV-X. Universidad de Granada. Página 18.

OCTUBRE 2014